La Res 180/2020 del INDEC establece la obligatoriedad de realizar un Censo obligatorio para empresas y personas que realicen actividades económicas productivas de bienes y servicios.


¿Quiénes están alcanzados?

 

Plazos ⚠

 

 ¿Qué información se debe completar?

– CUIT de acuerdo con la conformación de la unidad económica.

– Ubicación de la administración central.

– Localización geográfica de otras provincias.

– Descripción de la actividad principal.

– Descripción de bienes y servicios resultantes de la actividad principal.

– Descripción de materias primas y gastos directos.

– Facturación anual sin impuesto al valor agregado (IVA).

– Cantidad de personal ocupado.

– Realización de actividades de investigación y desarrollo.

La encuesta debe realizarse ingresando al servicio «Censo Nacional Económico 2020 /2021» desde la web de AFIP ingresando con cuit y clave fiscal. 

 

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